
La ordenanza supone un paso adelante en la protección animal, pero también en la responsabilidad de las personas propietarias y en la convivencia vecinal.La nueva norma no se limita a declaraciones genéricas, sino que establece obligaciones concretas, prohibiciones claras y un régimen sancionador, convirtiéndose en una herramienta real de intervención municipal.
Tenencia responsable: el eje central de la ordenanza
Uno de los pilares fundamentales del texto es el concepto de tenencia responsable. La ordenanza deja claro que convivir con un animal implica un compromiso continuo en el tiempo y no solo afectivo, sino también legal.
Entre las principales obligaciones de las personas responsables de animales se encuentran:
- Garantizar condiciones de vida dignas, seguras y saludables.
- Proporcionar atención veterinaria y cuidados sanitarios adecuados.
- Vigilar y controlar al animal para evitar daños, riesgos o molestias.
- Evitar situaciones de negligencia, abandono o sufrimiento físico o psicológico.
El animal deja de ser considerado un simple objeto para pasar a ser reconocido como un ser sintiente, cuya protección debe compatibilizarse con la vida en comunidad.
Convivencia vecinal y molestias: un aspecto clave
La ordenanza introduce un elemento especialmente relevante para la vida cotidiana del municipio: la responsabilidad por las molestias que los animales puedan causar a terceros.
El texto establece que la persona responsable de un animal responde también de las molestias que este ocasione, siempre que no exista provocación o negligencia de terceros. Esto incluye situaciones habituales que generan conflicto vecinal, como:
- Ruidos reiterados o persistentes.
- Falta de control del animal.
- Conductas que alteren la convivencia, especialmente en horarios de descanso.
Aunque la ordenanza no menciona de forma literal los ladridos, estos quedan encuadrados dentro del concepto legal de “molestias”, reforzando así la capacidad del Ayuntamiento para actuar ante conflictos vecinales reiterados.
Prohibiciones y lucha contra el abandono
La norma prohíbe expresamente:
- El maltrato físico o psicológico.
- El trato negligente.
- El abandono, tanto en espacios urbanos como en el medio natural.
- La utilización de animales en actividades que les provoquen sufrimiento.
Asimismo, regula la recogida y gestión de animales abandonados, reforzando la colaboración con entidades de protección animal y centros autorizados.
Un régimen sancionador para garantizar el cumplimiento
La ordenanza incorpora un régimen sancionador que clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves, en consonancia con la normativa estatal.
Las sanciones pueden incluir multas económicas y medidas complementarias, como la retirada del animal o la prohibición de tenencia en casos graves.
De este modo, el texto dota al Ayuntamiento de capacidad real de actuación, más allá de la simple recomendación o concienciación.
Un avance normativo con impacto real
Con esta ordenanza, Peligros se sitúa en la línea de los municipios que apuestan por una convivencia equilibrada entre personas y animales, donde el bienestar animal y el descanso vecinal no se entienden como conceptos opuestos, sino complementarios.
Su aplicación efectiva dependerá ahora de la información a la ciudadanía, la labor de inspección y la voluntad de hacer cumplir una norma que, más allá del papel, busca mejorar la calidad de vida en el municipio.


